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El BOCM ha publicado una nueva convocatoria de subvenciones para empresas y autónomos en Alcobendas.

Beneficiarios
Empresas o empresarios/as individuales dados de alta censal en Hacienda, tanto en actividades empresariales como en actividades profesionales, que desarrollen una actividad económica, cuyo epígrafe esté relacionado en el Anexo I de la presente convocatoria y que tengan local o establecimiento de la actividad en Alcobendas, o domicilio fiscal/actividad en Alcobendas.

  1. Persona física: Empresario individual o entidad económica sin personalidad jurídica (Comunidades de Bienes, Sociedades civiles).
  2. Persona jurídica: sociedad mercantil, incluidas las sociedades mercantiles especiales (Sociedades laborales y Cooperativas).

Las empresas han de tener la calificación de pequeña empresa conforme a lo establecido en el anexo I del Reglamento de la Unión Europea número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:
— Aquellas que ocupan a menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

CNAES incluidos relacionados con comercio, hostelería, hoteles, telecomunicaciones, servicios de información, comunicación, publicidad, traducción, limpieza de edificios, organización de eventos...

Cuantía
El Ayuntamiento de Alcobendas destina una cuantía total de 160.000 euros.

El importe máximo de la ayuda será de 2.500 € por beneficiario.
Sólo se admitirán solicitudes cuyos gastos subvencionables    superen la cifra de 400 €. (IVA excluido).

Gastos subvencionables

  1. Gastos de creación, desarrollo y/o mantenimiento web/ apps, marketing y publicidad on- line, en los que incurre la empresa para el desarrollo de su negocio.
  2. Gastos derivados de la pertenencia de la empresa a plataformas o iniciativas dinamizadoras de comercio electrónico que fomenten el consumo y la utilización de las tecnologías entre la ciudadanía.
  3. Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial.
  4. Formación en procesos de digitalización comercial y empresarial.
  5. Mejora estética del local o establecimiento abierto al público. (gastos derivados de la contratación de servicios profesionales encaminados al embellecimiento de fachadas, interiores y/o escaparates).

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será desde el 26 de abril al 30 de junio.

Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el modelo de la Convocatoria denominado “Solicitud de ayudas para el impulso del sector de turismo en Alcobendas”.

Documentación
La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada y firmada y se acompañará de la siguiente documentación según proceda:

  1. Fotocopia de CIF, DNI o NIE por ambas caras o autorización para su consulta.
  2. Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o alta en Mutualidad alternativa, junto con el último recibo de pago, (en el caso de personas físicas y autónomos societarios).
  3. Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
  4. Escritura de apoderamiento o documento acreditativo de representación legal conforme al artículo 5 de la Ley 39/2019, de 1 de octubre, o contrato de Comunidad de bienes/ S Civil.

Si la actividad está establecida en un centro de negocios: Contrato suscrito con dicho centro de negocios.

  1. Poder del representante legal que cursa la solicitud.
  2. Certificado de no tener deudas tributarias con el Ayuntamiento de Alcobendas de la entidad y/o empresario individual solicitante o autorización para su consulta.